Matías ha ido con sus padres a celebrar su graduación, es de noche, llueve y todos han bebido. Conduce el coche de su madre, a la que deja en casa junto con su padre, para ir a aparcar el coche en el garaje, a unas calles del domicilio familiar. En ese corto trayecto atropella a una joven, a la que causa graves lesiones. Matías deberá hacer frente a las consecuencias administrativas y judiciales por su comportamiento, lo que ya es bastante penoso para la familia. Pero los efectos negativos no acaban aquí...
La aseguradora reclama la devolución de todos los importes satisfechos a raíz del siniestro, daños materiales y daños personales. ¿Por qué, si el seguro está en vigor y la cobertura a terceros está garantizada? En virtud del derecho de repetición recogido en la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor (LRCSCVM), que le permite a la aseguradora recuperar lo abonado de forma indebida, por estar excluido de cobertura. En el caso planteado, basado en hechos reales, la unidad familiar se enfrenta al embargo de los ingresos y el patrimonio común.